En primer lugar, es necesario
enmarcarse dentro de la Constitución
Política que señaló un conjunto de deberes ambientales a cargo
del Estado, entre los que sobresalen, el deber de proteger la diversidad e
integridad del ambiente, conservar las
áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación para lograr
tales fines. El Estado además debe planificar el manejo y aprovechamiento de
los recursos naturales, para garantizar su desarrollo sostenible, su
conservación, restauración o sustitución; regular el ingreso y salida del país
de los recursos genéticos y su utilización de acuerdo con el interés nacional;
y cooperar con otras naciones en la protección de los ecosistemas fronterizos.
Adicionalmente, la Constitución consagró
deberes compartidos entre el Estado y los particulares, la obligación de
proteger las riquezas culturales y naturales de la nación, y obligaciones a cargo de los ciudadanos de
manera exclusiva como la de proteger los recursos naturales del país y velar
por la conservación del ambiente sano. Específicamente para los parques
naturales, la Carta
señaló que estos son inalienables,
imprescriptibles e inembargables.
La definición de Área Protegida en Colombia, es la que consagró el Convenio sobre
Diversidad Biológica, aprobado por la
Ley 165 de 1994. Allí se dispone que “por área
protegida se entiende un área definida geográficamente que haya sido designada
o regulada y administrada a fin de alcanzar objetivos específicos de
conservación”; se refiere a la conservación de los recursos naturales que allí
se encuentren.
De esa
definición se derivan unos elementos que son característicos de las
áreas protegidas, a saber: a) el área debe definirse geográficamente, lo que significa la delimitación del
área a proteger. Esto es fundamental ya que esos límites señalan el espacio
terrestre o marino sobre cual se hará efectiva la afectación al uso que implica
la respectiva declaración. Allí van
a adoptar las especiales medidas de conservación y manejo de los recursos
naturales. b) El área debe ser designada y
someterse a actividades de administración, es decir, manejarse para lograr los fines perseguidos
con la declaratoria como área protegida. Hace relación a dos cosas, por una
parte, implica que estas áreas deben ser declaradas formalmente de acuerdo con
el procedimiento y acto que prevea la legislación para la categoría respectiva,
y por la autoridad competente. Y por la otra hay un compromiso posterior de manejo del área
por medios eficaces. c) La declaración busca alcanzar unos objetivos de
conservación de los recursos naturales que dentro de dicha área puedan hallarse.
El sistema de Áreas Protegidas es
muy importante para Colombia considerado un país privilegiado por la
biodiversidad. Y ahí nuestro ahorro para la vida y el futuro.
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