El comparendo ambiental
El
Comparendo Ambiental, es una figura jurídica creada por las leyes 1259 de 2008
y 1466 de 2011 y como allí no se define qué es, podemos decir que constituye un
instrumento legal que faculta a las autoridades municipales en Colombia que ejercen
atribuciones de policía para reprochar ciertos comportamientos ciudadanos
cuando atenten contra "el adecuado manejo de residuos sólidos y escombros,
previendo la afectación del medio ambiente y la salud pública, mediante
sanciones pedagógicas y económicas a todas aquellas personas naturales o
jurídicas que infrinjan la normatividad existente en materia de residuos
sólidos; así como propiciar el fomento de estímulos a las buenas prácticas
ambientalistas" (Art. 1 Ley 1259).
Comentarios
nuestros: 1) la figura del comparendo, es apropiada, desde la perspectiva
policiva porque permite que sin necesidad de notificación y por tanto de
diligencia previa dilatoria, se advierta a un contraventor de que un
comportamiento suyo es reprochable y acarrea sanción. 2) por lo anterior es
precisamente que no es comprensible que éste no se haya definido. No faltará
quién lo haga diciendo que es una figura
que amerita el procedimiento sancionatorio completo y lo distinga de lo
que es un comparendo propiamente dicho.
3) como decíamos, lastimosamente se ha creado un limbo jurídico ante la ausencia de precisión
sobre qué rito o procedimiento se debe seguir para hacer efectiva la sanción
que impone el comparendo; las normas marco citadas atrás no lo hicieron y
pareciere que se dejó al arbitrio de cada Concejo Municipal hacerlo, pero hay
que tener cuidado porque el nuevo Código de Procedimiento Administrativo de la
Ley 1437 de 2011 incluyó un trámite sancionatorio general en caso de que no
haya norma expresa para ello; ése es el que hay que seguir hoy.
Finalmente llegamos al punto de siempre con las normas, éstas se crean, pero no
se aplican. Una vez más, como está ocurriendo en el campo de los delitos, aquí
el análisis de la eficacia del comparendo ambiental no debe verse desde la norma, sino
desde su aplicación efectiva, de la vigilancia de las autoridades y de la
sanción rígida y ejemplarizante.
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