domingo, febrero 26, 2012

El SINA Recordemos que el Sistema Nacional Ambiental - SINA, entendido como el aglutinamiento de las entidades e institutos dedicados a la política, regulación y ejecución ambiental en todo Colombia y de todos los recursos, normas y acciones ambientales nacionales, comprende a las corporaciones autónomas regionales. Así lo dispuso la Ley 99 de 1993, que le dio un vuelco al país, modificando el modelo de desarrollo que había adoptado entonces por uno basado en el criterio de sostenibilidad partiendo de la descentralización y la participación. El SINA no es una entidad, no es un órgano que tiene personería jurídica. Es el conjunto de todo lo ambiental y una figura legal que se ideó para poder fijar políticas, desarrollar acciones e inversiones coherentes y concertadas en lo ambiental. En el análisis que se hace de nuestra institucionalidad ambiental se confirma que la nuestra es una organización de avanzada en el concierto internacional y que las inversiones que en los últimos diecinueve años se han hecho en Colombia para proteger, restaurar o recuperar nuestro ambiente natural son asombrosas para un país en desarrollo como el nuestro. Y es que del SINA hacen parte entidades como el Ministerio de Ambiente y las Corporaciones Autónomas Regionales, entre otras. Es importante tener en cuenta que las corporaciones autónomas regionales CAR, empezaron a crearse en Colombia desde 1954 cuando se constituyó la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca CVC. Con la Ley 99 de 1993 las corporaciones se transformaron en lo que hoy se conoce como entes corporativos de carácter público y ampliaron sus competencias al punto de ser las primeras unidades ambientales de la gestión, administración y control ambiental y de los recursos naturales renovables de Colombia. Ellas han llevado a nuestro país a ser considerado recientemente como uno de los que más hace por la conservación y protección de la naturaleza en el planeta. En esta evaluación fíjense, salieron muy bien libradas las CAR como entes públicos cumpliendo su objeto. Y muy regular, en cuanto a la situación politiquera y algunas veces de corrupción que adolecen de acuerdo con la opinión popular. En cuanto a lo primero, no cabe la menor duda de que las CAR han sido un gran acierto como canalizadoras de todo lo ambiental en los territorios que la discrecionalidad de la ley les asignó (no todas las CAR coinciden con los departamentos, por ejemplo ni responden a criterios ecosistémicos). Y como gestoras de grandes inversiones a favor de la sostenibilidad como el caso del Macizo Colombiano. Sobre la segunda en cambio, hay que decir que las CAR no avanzan, sino sólo en el desprestigio que algunas les han otorgado por ser subjetivas en el ejercicio del control y en las asignaciones de concesiones, permisos, licencias y otras autorizaciones para el uso de los recursos naturales de la Nación por particulares. Y por la manipulación como fortines burocráticos que confabulaciones de politiqueros han hecho de ellas y no siempre por lo ambiental. Una de las importantes tareas que cumplen las corporaciones es revisar los proyectos de acuerdos municipales de los planes de ordenamiento territorial POT o sus revisiones, y que se someten a aprobación de los concejos municipales en todo el país. En el SINA caben entre otras, el Ministerio de Ambiente, las CAR, la Corporación Autónoma Regional del río Grande de La Magdalena -Cormagdalena, los departamentos, los municipios, los denominados grandes centros urbanos, los distritos con régimen especial, los órganos de control, institutos de investigación e información ambiental entre otros. Si bien lo anterior, aún hay mucho por hacer y sobre todo en materia de estructura del Ministerio de Ambiente, la organización administrativa de las CAR, la seguridad jurídica tanto para la fijación de las políticas como de la regulación sectorial, la asignación de recursos y la integración real de las entidades territoriales a las soluciones de los problemas ambientales.

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