sábado, junio 25, 2022

Saneamiento Ambiental

 

Álvaro Hernando Cardona González

(Artículo publicado el 17 de abril de 2022, en el Diario del Huila)

 

El artículo de la Constitución Política de Colombia (así se llama realmente esta) impuso que “La atención de la salud y el saneamiento ambiental son servicios públicos a cargo del Estado”. Y que debe garantizarse a todas las personas el acceso a los servicios de promoción, protección y recuperación de la salud.


Lo anterior supone que es deber del Estado organizar, dirigir y reglamentar la prestación de servicios de salud a sus habitantes y de saneamiento ambiental conforme a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad. También, establecer las políticas para la prestación de servicios de salud por entidades privadas, y ejercer su vigilancia y control. Así mismo, establecer las competencias de la Nación, las entidades territoriales y los particulares, y determinar los aportes a su cargo en los términos y condiciones señalados en la ley.


Pero cuando se dice Estado, se deben comprender especialmente los deberes de las entidades territoriales. Ellas son parte del “Estado unitario”. Y a ellas les corresponde primero que a nadie más, salir a cumplir con este mandato superior.


Esta orden constitucional, en palabras del tratadista Oscar Darío Amaya Navas, no tiene antecedentes específicos en el anterior ordenamiento constitucional.  Antes los servicios públicos correspondían a suministro de agua potable, recolección de residuos sólidos (aseo), alumbrado y suministro de energía y telefonía. Más adelante se incluyó el servicio de suministro de gas domiciliario. Insistimos, no estaba contemplado el servicio de Saneamiento Ambiental que ya no toca con el suministro sino con los problemas derivados de los residuos sólidos y líquidos (vertimientos). Esto es un enorme avance y una gran responsabilidad.


Esta norma es  concordante con el artículo 366 de la misma Constitución incorpora como servicio público a cargo del Estado, el tratamiento de residuos sólidos y líquidos, en el mismo nivel teórico de la atención de la salud, es una conquista grande porque le coloca como prioritario en la agenda del Estado.

 

 

 

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